Consiste: en un derecho universal y subjetivo: el derecho a la promoción de la autonomía personal y la atención a las personas en situación de dependencia.
Serán titulares de los derechos establecidos a la ley los españoles que cumplan los siguientes requisitos:
Encontrarse en situación de dependencia en algunos de los grados establecidos. Residir en el territorio español y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales dos tendrán que ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Para los menores de 5 años el periodo de residencia se exigirá al que tenga la guarda y custodia.
Las personas que reuniendo los requisitos anteriores, no tengan la residencia española se regirán por la ley orgánica 4/2000 del 11 de enero sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social en los tratados internacionales y en los convenios que se establezcan en su país de origen.
Marco normativo:
Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía y atención a las personas en situación de dependencia.
Real Decreto 504/2007, de 20 de abril, por el cual se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia.
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