Organización municipal
Organización municipal
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La organización municipal se rige por los órganos siguientes: el alcalde, la Junta de Gobierno Local, el Pleno, los/las tenientes de alcalde, los/las regidores/as jefes de área y los/las regidores/as delegados/das, en los términos establecidos en la legislación.
Habrá los órganos complementarios siguientes: las comisiones informativas, la Comisión Especial de Cuentas, los grupos políticos municipales, los/las portavoces de los grupos, la Junta de Portavoces, el síndico o sindica municipal de agravios, y los consejos de participación ciudadana, en los términos que reglamentariamente se establezca.
Finalmente, habrá aquellos órganos de gestión, de coordinación y seguimiento que la Alcaldía y el gobierno local puedan crear en ejercicio del derecho en la autonomía organizativa que le reconoce la Constitución y la legislación sobre régimen local.
Próximas actividades
Sábado, 18 de mayo
Sábado, 25 de mayo
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