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El Ayuntamiento informa de la nueva normativa para aligerar los trámites de apertura de establecimientos comerciales

Una quincena de gestorías y asesorías se han puesto al día en los mecanismos de simplificación administrativa

martes 21 febrero 2012

El Ayuntamiento de Salou ha comunicado hoy a las asesorías y gestorías del municipio los cambios que se han implementado desde el 1 de enero de 2012 a la hora de abrir nuevos establecimientos comerciales con una actividad inocua, es decir, de venta de ropa o zapaterías, peluquería, venta de alimentación, un consultorio médico ... entre un largo etcétera. En una reunión con una quincena de agentes del sector desde el Ayuntamiento se ha querido trasladar los cambios que vienen dados fruto de la adaptación de la normativa municipal a la Directiva Europea de Servicios. De este modo, para abrir una actividad inocua sólo se requiere una comunicación previa al Ayuntamiento; facilitando el ejercicio de la libertad de establecimiento por parte de los prestadores de servicios y su aplicación supone la simplificación administrativa y la eliminación de obstáculos jurídicos y administrativos. El alcalde, Pere Granados, ha comunicado al inicio de la reunión que "el Ayuntamiento debe ir de la mano del sector privado y, políticos y técnicos tenemos que estar aquí para ir solventando el día a día de la sociedad", aseguró. Granados también les ha adelantado que "sin lugar a dudas iremos trabajando en esta línea desde el departamento de Calidad que depende directamente de alcaldía porque estamos convencidos de que han de facilitar la implantación de negocios para que generen empleo y riqueza".
Como ha explicado el concejal de Gestión de Territorio, Marc Montagut, la Directiva de Servicios incide en las actividades que se consideran inocuas o con poca o baja incidencia ambiental. Por este motivo se aplican estos cambios que supondrán un cambio muy importante en la tramitación. Hasta ahora no se podía abrir una actividad de este tipo sin la licencia municipal, en cambio, en estos momentos primero hay que solicitar si el uso que se pretende iniciar está establecido en el POUM y es compatible con el Plan Especial de Comercio; posteriormente se deberá comunicar al Ayuntamiento el inicio de la actividad. En la práctica, esto significa que la persona interesada deberá presentar una comunicación al Ayuntamiento con sus datos y la documentación que se facilitará desde la Oficina de Atención al Ciudadano, y ya podrá abrir el actividad. Los servicios de inspección llevarán a cabo a posteriori la revisión de la documentación así como las visitas a los establecimientos para comprobar que las instalaciones sean correctas. "La responsabilidad de las actuaciones se traslada de la administración al administrado", concluyó el concejal. En esta reunión pero sí se ha insistido en que todavía están sujetos a la tramitación de la licencia a través de los Servicios Administrativos Territoriales (SAT) aquellas actividades que necesiten de unos trabajos de obra.

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