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El Juzgado deja clara la infracción urbanística cometida por TURISPATRIMONIAL SL

lunes 05 junio 2023

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Tarragona da razón al Ayuntamiento de Salou cuando en resolución del pasado 5 de junio, desestima el recurso interpuesto por TURISPATRIMONIAL SL, al considerar que la sociedad incumplió la normativa urbanística con la ejecución de un proyecto de obras para habilitar un restaurante, con el que se infringieron las normas del Catálogo de Bienes Protegidos. La consecuencia importante es que se deniega el derecho a indemnización que reclamaba la sociedad en el recurso.

Recordamos que la sociedad TURISPATRIMONIAL SL es propietaria del chalet Villa Enriqueta (edificio Catalogado), en el que explotaba el restaurante Villa Alexander.

La setencia es clara cuando considera que "es injustificable" la "falta de diligencia y el desconocimiento del promotor", al tratarse de un edificio considerado bien Catalogado.

También aclara que, dado que el promotor presentó un proyecto que "no se ajustaba a las normas urbanísticas del Catálogo de aplicación", la legislación en materia de licencias declara que "en el momento en que se aprecia negligencia grave" por parte del promotor, éste “pierde todo el derecho a ser indemnizado”, como pretendía el recurso interpuesto por TURISPATRIMONIAL SL, que pedía una indemnización de casi 4'2 millones de euros por unos daños y perjuicios que la propia sentencia dice que “la conducta del promotor no ha sido ajena a la causa de los daños”.

El alcalde de Salou, Pere Granados, se mostraba satisfecho por la sentencia y manifestaba que “finalmente, se atribuyen los daños reclamados a una acción irresponsable por parte de la propia parte promotora y ejecutora del proyecto de obras, no respetando la normativa urbanística vigente en lo referente a la protección del patrimonio”.

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