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MEDIDAS DE LA FASE 1 DEL DESCONFINAMIENTO

sábado 09 mayo 2020

En el momento actual, España ha iniciado un proceso de reducción gradual de las medidas extraordinarias de restricción de la movilidad y del contacto social.

A partir de este lunes, día 11 de mayo, Salou entra en la fase 1 de desconfinamiento. Estas son algunas de las actividades permitidas, según el 'Plan de Transición hacia la nueva normalidad del Ejecutivo':

 

1. En el ámbito social, se permite circular por la Región Sanitaria del Camp de Tarragona. Es decir: Alt Camp, Baix Camp, Baix Penedès, Conca de Barberà, Priorat y Tarragonès.

- El Gobierno español permitirá a partir del lunes los desplazamientos a segundas residencias, hoteles y alojamientos turísticos, dentro de la misma Región Sanitaria.

2. Las franjas horarias para hacer deporte continúan vigentes. No obstante, el resto de salidas permitidas (ir a comprar, visitar un familiar, tomar algo en la terraza de un bar) se podrán hacer a cualquier otra hora del día, siempre que se cumplan las condiciones higiénicas, sanitarias y de seguridad.

3. En esta fase se permiten reuniones en grupos reducidos de personas sanas y sin patologías previas, manteniendo una distancia mínima de 2 metros, y utilizando, si es posible, mascarilla y guantes. Se excluyen las personas vulnerables (si su situación clínica no lo aconseja), con síntomas de coronavirus y en cuarentena. Las reuniones podrán ser de como máximo 10 personas, ya sea en un domicilio o en la calle.

4. Las terrazas de los bares podrán abrir al 50% de su aforo y con una distancia de dos metros entre mesas. Se permitirá que se reúnan grupos de hasta 10 personas. Entre cada grupo de clientes, los hosteleros deberán desinfectar las mesas y se recomienda utilizar manteles desechables. También se pide evitar las cartas y optar por dispositivos electrónicos o carteles. Los productos de autoservicio como los dispensadores de aceite o de servilletas no se podrán utilizar. Se deberá poner a disposición del público dispensadores de gel hidroalcohólicos a la entrada. Todos los elementos auxiliares de servicios (vajilla, cristalería, etc.) deben almacenarse en recintos cerrados o lejos de la zona de paso de clientes y trabajadores. Se restringirá a una sola persona el uso de los aseos, debiendo proceder a su limpieza y desinfección 6 veces al día.

5. Los comercios de superficie útil de exposición y venta igual o inferior a 400 metros cuadrados podrán reabrir bajo estrictas medidas de seguridad para evitar aglomeraciones. Aquellos establecimientos iguales o inferiores a 400 metros cuadrados que se encuentren dentro de un centro comercial no podrán abrir, si no tienen acceso directo desde la calle. Se permite un aforo de hasta el 30% y no hay que pedir cita previa para acceder. Se mantiene el horario preferente para personas mayores de 65 años. Siempre se deberá garantizar una distancia mínima de dos metros entre los clientes y, cuando esto no sea posible, sólo se permitirá la presencia de uno.

6. Los establecimientos y locales deberán exponer al público el aforo máximo de cada local (incluyendo trabajadores), así como la distancia de seguridad interpersonal de 2 m. Si es necesario, habrá que reorganizar el espacio para garantizar las distancias de seguridad exigidas.

7. Se deberá garantizar la protección de los trabajadores en su puesto de trabajo, y evitar la concentración de personas en determinados momentos.

8. Pueden abrir, con cita previa: concesionarios de automoción, estaciones de ITV, centros de jardinería y viveros, y entidades concesionarias de juego público (Loterías del Estado).

9. Todos los establecimientos y locales pueden establecer sistemas de recogida en el local, evitando las aglomeraciones.

10. Se permite establecer sistemas de reparto a domicilio, sobre todo para colectivos.

11. El BOE deja a elección de los Ayuntamientos la apertura de mercados al aire libre o los de venta no sedentaria, previa autorización de la autoridad sanitaria de la Comunidad Autónoma. En el caso de Salou, se opta por no poner en marcha en esta fase I el mercado no sedentario (el mercadillo del lunes). Se está trabajando desde el área de Movilidad para que se abra cuando se pueda garantizar el cumplimiento de las medidas de seguridad, ya sea en el emplazamiento actual o en otro alternativo.

12. Se establecen las condiciones en que podrán proceder a su reapertura al público los hoteles y alojamientos turísticos. Así, entre otros aspectos se permite que se puedan llevar a cabo los servicios de restauración y cafetería cuando sea necesario para la correcta prestación del servicio de alojamiento, y exclusivamente con respecto a los clientes alojados. Este servicio no podrá prestarse en las zonas comunes, que permanecerán cerradas.

13. Se podrán volver a realizar las actividades de turismo activo y de naturaleza en grupos de hasta diez personas, debiendo concertar estas actividades, preferentemente, mediante cita previa.

14. En materia de educación, se podrá proceder a la apertura de los centros educativos y universitarios para su desinfección, acondicionamiento y para la realización de funciones administrativas. Asimismo, se dispone a la reapertura de los laboratorios universitarios para las funciones que les son propias.

15. Se podrán realizar seminarios y congresos con menos de 30 asistentes.

16. Se podrán celebrar actos culturales en espacios cerrados con la ocupación de un tercio de su aforo, hasta un máximo de 30 personas. En el caso de aquellos que se celebren al aire libre, el límite se fija en 200 personas sentadas y manteniendo las distancias.

17. En cuanto a las bibliotecas, se irán incorporando a las diferentes fases de los servicios bibliotecarios, siempre priorizando la protección de la salud y la seguridad, tanto para el personal en bibliotecas como para los usuarios de los servicios, recogiéndose en esta primera fase las actividades de préstamo y devolución de obras, lectura en sala, así como de información bibliográfica y bibliotecaria.

18. Los museos también podrán abrir con un tercio del aforo y con los dispositivos táctiles de las diferentes salas deshabilitados.

19. La práctica deportiva no profesional al aire libre se podrá seguir haciendo de manera individual.

20. Los lugares de culto podrán abrir sólo si garantizan no sobrepasar un tercio del aforo.

21. Se podrá ir a un velatorio, pero el número máximo de personas será de 15, si es al aire libre, y de 10, si es en un espacio cerrado.

22. Se podrá asistir a entierros, pero el número máximo de personas será de 15.

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