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El Ayuntamiento de Salou aplicará a partir de mañana la nueva ordenanza municipal de tenencia de animales

La normativa contempla sanciones para aquellos propietarios que abandonen a sus animales o no tengan un comportamiento cívico en la vía pública

martes 20 julio 2010

El Ayuntamiento de Salou empezará a aplicar a partir de mañana la ordenanza que regula la tenencia de animales de compañía en el municipio. Esta normativa permitirá regular los derechos y obligaciones de los propietarios que poseen un animal de compañía así como velar por la correcta convivencia y respeto de ciudadanos y animales

La normativa prohíbe aspectos como los malos tratos, el abandono, las peleas a animales o la venta ambulante así como el hecho de mantenerlos atados la mayor parte del dia o limitar de manera duradera el movimiento que les es necesario. También establece la prohibición de dejar los animales en patios, terrazas y balcones desde las 22h a las 8h para evitar que con sus ruidos puedan perturbar el descanso de los vecinos.

La normativa establece que los dueños de animales domésticos de compañía están obligados a inscribirlos en el registro censal del municipio de residencia habitual dentro del plazo máximo de 3 meses a partir de la fecha de nacimiento del animal o 30 días contados a partir de la adquisición.

Por otro lado, como norma, se establece que perros, gatos y hurones deben ir atados por una correa o cadena con su identificación censal la cual podrá ser reclamada por los agentes de la autoridad. Los animales tampoco podrán visitar las playas durante la época de baño, es decir, desde una semana antes del inicio de la Semana Santa hasta el 31 de octubre. Igualmente, los propietarios deben recoger las deposiciones fecales de los animales en las zonas peatonales, parques y cualquier lugar destinado al tránsito de peatones.

A partir de mañana, se contemplarán sanciones leves con multas de 100 a 400 euros no llevar identificados los animales de compañía o ensuciar las vías públicas y cualquier lugar destinado al tránsito oal'esbarjo los ciudadanos con deyecciones fecales de los perros. Como graves, con multas de 400 a 2.000 euros se contempla la circulación de perros por la calle sin correa o cadena, el hecho de no tenerlos en las condiciones sanitarias, o de atención que no garantice su salud y protección.


Como muy graves, con multas entre 2.000 y 20.000 euros se contemplará entre otros, el maltrato o el abandono, la organización de peleas de perros, o el uso de animales en espectáculos si éste puede ocasionar sufrimiento o tratamientos antinaturales y mantener al animal sin alimentación o instalaciones adecuadas.


Animales potencialmente peligrosos
La ordenanza también regula la tenencia de perros potencialmente peligrosos y establece que será necesario disponer de la licencia para tener un animal de las características establecidas. Asimismo regula diferentes aspectos como medidas de seguridad obligatorias en la vía pública o las instalaciones que alberguen perros potencialmente peligrosos a fin de evitar que los animales salgan y cometan daños a terceros. Las infracciones administrativas en materia de animales peligrosos puede ir de 60 a 30.050 euros en función de la gravedad. Así, se considerará grave por ejemplo tener un perro potencialmente peligroso sin licencia o adiestrar animales para activar su agresividad o finalidades prohibidas.

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